¿Cómo tributa a hacienda el ecommerce?

El tratamiento fiscal es uno de los temas que más preocupan a toda clase de usuarios digitales. Para que impedir que cualquier desliz con hacienda pueda perjudicarnos en nuestras obligaciones fiscales. Ante este escenario que requiere el interés de los lectores es muy útil conocer cómo tributa a hacienda el ecommerce o comercio electrónicos.

A todos nos interesa saber si tiene algunas ventajas fiscales respeto a los modelos de negocio más tradicionales o convencionales. Porque de los beneficios obtenidos de las compras de los servicios, productos o artículos ofrecidos a los clientes una parte de los mismos irá destinada al pago fiscal. Pero en estos momentos, algunos emprendedores no conocen muy bien cuáles son las diferencias fiscales de estas operaciones comerciales.

Para tratar de que a partir de estos momentos no tengamos problemas con Hacienda os vamos a exponer como es la tributación real de los negocios o tiendas online. Porque hay sustanciales diferencias que necesitarás conocer para realizar correctamente tus cuentas personales todos los años. Y lo que es más importante, que no tengas problemas a partir de estos momentos con los órganos tributarios del país.

Hacienda: tributación fiscal del comercio digital

La tributación fiscal del comercio digital o ecommerce se está imponiendo en los últimos años con una infinidad de proyectos profesionales de estas características. Uno de los impuestos más relevantes en cualquier clase de actividad empresarial, física u online, es el IVA (Impuesto de valor añadido). Pues bien, si el artículo se vende en España, se aplicará el IVA español. Este será aproximadamente el 7 % dependiendo de cada caso que se contabiliza de forma normal.

Mientras que por otra parte, si la venta es a un particular se le aplica el IVA según la tasa que rige en el país del que vende. Este es uno de los principales motivos por los que para evitar variaciones en su pago, a partir de 2021 la normativa europea obliga a cambiar las reglas. Es decir, serán las propias plataformas online las responsables de recaudar este impuesto y luego entregarlo en las haciendas de los países correspondientes. Será un cambio sustancial con el que tendrán que manejarse los responsables de los comercios o tiendas virtuales.

Por otro lado, otro aspecto que merece valorarse en el tratamiento fiscal por parte de los proyectos empresariales por Internet es el que tiene que ver con las obligaciones de sus empresarios. En este sentido,  Hacienda se está centrando en los bienes vendidos por un precio superior al de su obtención. Es decir, cuando se adquiere un beneficio por su venta. Por ello se recomienda guardar documentos que no sólo acrediten la propiedad del bien y sino también pruebas de la transacción en las que poder ver el precio original (tales como un pantallazo del cierre del acuerdo).

El IVA (impuesto sobre el valor añadido) es una carga fiscal que recae en el consumidor, y tú vas a hacer el encargado de recaudarlo para luego dárselo a Hacienda. Por lo tanto, siempre tienes que aplicar a tus productos y servicios el IVA, que en España actualmente es del 19 %, sin importar que el cliente sea un profesional o un consumidor final.

Pero cuando estés vendiendo un producto digital y el comprador no se encuentra en España, vas a tener que aplicar el IVA que esté vigente en el país del comprador y periódicamente abonar el impuesto recaudado en la correspondiente administración. En este sentido, puede haber diferencias sustanciales entre uno y otros casos dentro del sector digital.

Requisitos básicos para facturar en el comercio por Internet

Los principales requerimientos legales que todo negocio de ventas por Internet debe cumplir una serie de requerimientos legales que te exponemos a continuación:

  • Se deben de emitir facturas con el tipo de IVA que corresponda al producto, artículo o servicio que comercialices entre los clientes o usuarios.
  • En las páginas web de los comercios electrónicos se debe identificar el aviso legal y condiciones de compra.
  • Las páginas debe constar el nombre del titular, email, dirección y CIF o NIF.

Mientras que por otra parte, y no de menor importancia, es lo relativo a que también se debe de cumplir con todo lo establecido por las siguientes normas que apuntamos en estos momentos:

LSSICE – Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico en España

LOPD – Ley de Protección de Datos

RGPD – Reglamento General de Protección de Datos

LOCM – Ley de Ordenación del Comercio Minorista

LCGC – Ley de Condiciones Generales de Contratación

Control por parte de los órganos tributarios

No pienses que porque estás ante un sector por Internet podrás escapar de tus obligaciones fiscales. Sencillamente porque este no es de esta manera, tal y como te puedes estar figurando en estos momentos. Si no que por el contrario, Hacienda ha intensificado sus actuaciones de supervisión de la economía digital desde hace un par de años.

De todas formas, y a pesar de que aún resta un largo camino para que el control sea completamente efectivo, la intención es que el control sobre los comercios o tiendas electrónicas se total en es un espacio de tiempo más bien breve.

En cualquiera de los casos, para el cálculo de los beneficios se aplicarán las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre sociedades. A través de las siguientes actuaciones que te exponemos a continuación:

Si realizas alguna actividad económica de estas características deberás de darte de alta en el censo de Hacienda con el modelo 036.

La actividad a desarrollar deberá de encuadrarse en algún epígrafe de IAE dentro de los regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990. Es decir, será diferente si te dedicas a comercializar productos o servicios derivados de las nuevas tecnologías o vinculados con el mundo de la cultura o educación. En este sentido, es la única diferencia que notarás para llevar a cabo su correcta tributación.

Mientras que por otra parte, no puedes olvidar que el apartado de IAE para el alta es indiferente del canal de ventas que se utilice. Es decir, tanto para los canales físicos como los de naturaleza online. Hasta el punto de que el factor del que dependerá su tratamiento fiscal es el que al fin y al cabo tiene que ver con la verdadera naturaleza de la actividad económica, a los productos o servicios que se comercializan a través de tu proyecto profesional en los canales de las nuevas tecnologías, como en el caso concreto de Internet.

¿Cuándo debemos emitir facturas desde el negocio online?

Otro de los aspectos por lo que debemos preocuparnos en esta clase de actividades económicas es por la emisión de facturas. Y que al final son las que se reflejarán en los órganos tributarios y que incidirán en el pago de los impuestos que deberemos aportar a Hacienda a partir de estos momentos. En este sentido, puede decirse que la obligación de expedir factura se genera  en las siguientes operaciones que os vamos a exponer a continuación:

  • Cuando el destinatario es un empresario o profesional que actúe como tal.
  • Cuando el destinatario así lo demanda por cualquier clase de motivos o razones.
  • En las exportaciones de bienes exentos de IVA. Aquí existe una excepción a las tiendas libres de impuestos.
  • Cuando las entregas de bienes sean con destino a otro estado miembro de la UE exento de IVA.

En cualquiera de los casos, necesitas conocer que el pago de este impuesto lo deberás reflejar todos los trimestres si eres trabajador por cuenta propia o autónomo. Porque cualquier incumplimiento tendrá unos efectos negativos para tus intereses personales y profesionales. Al igual que ocurre con las actividades profesionales físicas. Es decir, las más tradicionales o convencionales.

En donde puedes tener serias penalizaciones por parte de los órganos tributarios del país. Tanto en lo que se refiere a sus impagos como en los retrasos en que se formalizan y en este sentido completamente igual que en los negocios físicos. Sin apenas diferencias en ambos modelos de gestión.

Repercusiones en las inversiones de los negocios online

De todas las formas la mejor forma para ahorrar con nuestras inversiones digitales sigue siendo la prudencia y no hacerlo de forma irracional y en contra de la lógica de los mercados. Para ello, antes de invertir nuestro dinero en un proyecto de estas características, se deberá observar el comportamiento de los negocio de ese sector, cuáles son sus perspectivas futuras y constatar el tipo de noticias que afectan a su evolución para que nos pueda proporcionar a partir de esos precisos momentos.

Es precisamente entonces, y una vez asimilada todas estas informaciones, cuando se tenga una idea aproximada de la tendencia que pueda tomar en el conjunto de nuestras inversiones en el sector digital. Se estará en situación para tomar posiciones en alguno de los productos de inversión analizados. Y, seguramente que esta labor de recopilación de información ayudará notablemente a los usuarios a que su ahorro sea más significativo y pronunciado a través de llevar a cabo proyectos en la empresa online más seguras y rentables. Con lo que los beneficios serán más elevados en todos los plazos de permanencia.


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