¿Cómo crear un ecommerce?

Desde luego que crear un ecommerce no es una tarea sencilla, pero tampoco es una tarea de la que tengamos que asustarnos por su excesiva complejidad a partir de estos momentos. Hasta el punto de que poner en marcha una empresa en línea de estas características y con visos de tener un gran éxito profesional necesitará sobre todo de un buen equipo de profesionales para desarrollar el proyecto con mayores garantías de que se cumpla este anhelado objetivo.

Pero es el aspecto ligado a la financiación el que puede traernos mayores problemas para su correcto desarrollo. En especial, por la falta de crédito en el preciso momento de ponerlo en marcha que es cuando surgen las mayores dificultades. Ante la necesidad de comprar equipos informáticos, soportes tecnológicos y la contratación del personal más adecuado para realizar sus tareas más relevantes.

Por otro lado, no puedes olvidar que para afrontar un reto de estas dimensiones, es decir poner en marcha una plataforma de ecommerce, lo primero que necesitarás es desarrollar un plan de trabajo ajustado y realista. Como bien ya sabes en cualquier proyecto profesional, será necesario empezar a construir la tienda o comercio en línea desde el principio. Sin precipitarte y atendiendo las primeras necesidades y que son las que deberás sufragar a través de alguna línea de crédito bancario.

Crear un ecommerce: atender los aspectos legales

No cabe duda de que la base legal en tu negocio será muy importante al principio. Con el objeto de que no puedas tener algún que otro problema desde ese preciso momentos. Para ello, es necesario que estés al tanto de la actual normativa sobre este aspecto. Para que no tengas más problemas no te quedará más remedio que informar sobre la jurisprudencia en estos momentos. Como por ejemplo, la que te apuntamos a continuación:

  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
  • Ley 3/2014, de 27 de Marzo por la que se modifica el texto refundido de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios.

En todos los casos, te servirá como elemento de estudio para poner en marcha o desarrollar una tienda o comercio online. Desde donde te darán las pautas para convertirte en un empresario de este sector productivo.

En este sentido, te conviene recordar que no tiene ningún sentido crear un ecommerce y no cumplir la normativa vigente. Porque lo único que te puede originar a partir de ese momento son muchos más problemas de los que crees en un principio. Incluso para llegar a que te quedes en el camino con tu proyecto empresarial. Desde luego deberás saber que los aspectos legales de una tienda online o comercio electrónico están regidos por varias leyes. Tanto para ponerla en práctica como para su gestión.

Poner un nombre a tu empresa digital

En primer lugar, no dudes en que a la hora de decidir un nombre para nuestro nuevo ecommerce nos vamos a encontrar con dos casos bien diferenciados. Por una parte, encontrar un nombre que pueda impactar a los usuarios o clientes, y por otro, que esté ligado a la actividad de tu negocio desde cualquier planteamiento en su gestión.

Mientras que por otra parte, también es muy importante que tengas en cuenta a partir de este instante el aspecto ligado con su aplicación. Porque en efecto, nos encontraremos que muchos nombres ya están en uso y por tanto, deberemos ser muy creativos. Más de lo que puede pensarse en un principio. Porque al fin y al cabo no se trata de que les des cualquier nombre ya que puede tener un efecto no deseado con tus intenciones en el negocio online.

Desde este punto de vista tan especial, no dudes de que la elección del nombre para nuestra tienda online será una tarea  un poco más complicada. Hasta el punto de que puede exigirte más tiempo del que piensas en este instante. Es preferible esperar un mayor espacio de tiempo y hacerlo bien que darle cualquier denominación a tu línea de negocio a través de Internet. Este es un factor que debes reflexionar para que todo se desarrolle perfectamente a partir de este momento. Hasta el punto de que cuando hablamos de este aspecto normalmente nos referimos a campañas de branding que sean en realidad muy eficaces.

Otra variante es la que ofrece en estos momentos el hecho de acudir a una plataforma tecnológica para que puedas desarrollar tus actividades dentro de la empresa en línea. Desde este punto de vista, Muchas son las opciones disponibles en el mercado para la creación de un ecommerce, no obstante, lo primero que debemos tener en cuenta es el tamaño de nuestra tienda online.

Creación de empresas online: ayudas oficiales

Madrid se ha convertido en la primera ciudad de España donde será posible crear una empresa a través de Internet, tras la adhesión del ayuntamiento al programa “Emprender On-line”, una iniciativa del Ministerio de Industria que muy pronto se extenderá a otras ciudades españolas. Con la puesta en marcha de esta herramienta burocrática se pueden aglutinar todos los trámites necesarios para transformar una idea emprendedora en uno solo, en vez de acudir de ventanilla en ventanilla.

A través de este nuevo medio se podrá formalizar directamente estos trámites on line desde casa y de forma más rápida. El plazo de 28 días – periodo que cuesta crear una empresa en España al tener que pasar por las oficinas del ayuntamiento, de la comunidad autónoma, registros, notarías o autoridad tributaria, entre otros se reduce notablemente por medio de esta vía debido a que por ella se hacen todos los trámites por Internet, a excepción de la notaría.

Precaución con las líneas de crédito

Ante la posibilidad de contratar uno de estos préstamos es necesario analizar cuidadosamente el contrato para comprobar que comisiones incorpora y en qué cantidades están estipuladas, ya que pueden encarecer excesivamente el precio final por utilizar esta financiación. A la ya tradicional de apertura se les suele añadir otras más atípicas que se derivan de cualquier movimiento o revisión desde la contratación de este producto. Básicamente son las siguientes:

  • Las que mayoritariamente están instaladas en sus contratos son las de apertura, que suponen entre un 2 % y 3 % sobre la cantidad demandada.
  • Pueden aparecer otras menos habituales en este tipo de productos y que guardan relación con la ampliación y reducción del préstamo y, que oscilan igualmente entre el 2 % y 3 %.
  • En caso de reembolso anticipado, total o parcial, el tomador del préstamo estará obligado a abonar al proveedor del mismo una compensación por reembolso anticipado en un importe del 1,00 % aproximadamente del importe del préstamo reembolsado anticipadamente.
  • Otra penalización que se puede incluir es la que se deriva de los casos en que haya que variar las cláusulas del contrato, o sencillamente tengan que modificarse.

¿Cómo son estos créditos?

Esta clase de créditos que comercializan algunas entidades bancarias permiten a sus destinatarios la financiación a medio y largo plazo de sus inversiones empresariales, con la posibilidad de pactar un tipo de interés fijo o variable como propuesta para llamar la atención de sus potenciales suscriptores, accediendo a una línea de crédito que puede alcanzar los 50.000 euros, y que contempla un plazo de amortización medio que oscila entre 5 y 15 años.

Estas líneas de crédito pueden servir perfectamente para muchas actividades de la empresa o actividad profesional de sus demandantes, desde la adquisición de inmuebles, hasta para sufragar maquinaria, mobiliario, equipamiento informático, etc., pasando por las necesidades más puntuales de cada negocio.

También los autónomos y profesionales pueden disponer de otras vías de financiación acorde con sus necesidades, como por ejemplo, para cumplir con sus deberes fiscales, para los que se han desarrollado vías de financiación más específica pero con una menor implantación en su oferta actual.

Créditos de carácter fiscal

Si bien la mayoría de estos productos financieros están concebidos para dotar de la liquidez necesaria para el buen funcionamiento de sus respectivos negocios o actividades profesionales, tampoco se pueden olvidar otras necesidades que demandan estos colectivos. En efecto, también los autónomos y profesionales pueden disponer de vías de financiación para cumplir con sus deberes fiscales, para los que se han desarrollado unas fuentes de financiación más específicas. Es el caso del “Préstamo Pago de Impuestos” que han puesto en marcha en los últimos meses  algunas entidades de crédito, tratándose en este caso de un crédito profesional para el pago de sus impuestos. Sus principales propuestas se basan en que no conlleva intereses y que se puede devolver en un plazo estimado en 3 meses.

Asimismo cuenta con una amortización mensual o a vencimiento y la incorporación de una comisión de apertura que es más elevada que en otros modelos de financiación, concretamente del 3 %, que es precisamente el principal inconveniente que incorpora este producto financiero en el momento de contratarlo.A la ya tradicional de apertura se les suele añadir otras más atípicas que se derivan de cualquier movimiento o revisión desde la contratación de este producto.


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