
La Comisión Europea ha dado un golpe sobre la mesa contra X, la antigua Twitter, al imponerle una sanción de 120 millones de euros por el uso engañoso de su conocida marca azul de verificación. Bruselas considera que este distintivo se presenta como un sello de autenticidad cuando, en realidad, se concede de forma discrecional a quien paga por él, sin una comprobación real de identidad.
Esta decisión, la primera de este calibre al amparo de la Ley de Servicios Digitales (DSA), llega tras casi dos años de pesquisas y sitúa a X en el centro del debate sobre hasta dónde puede llegar el modelo de negocio de las grandes plataformas frente a los derechos de los usuarios en la Unión Europea.
Una multa rĆ©cord por el ādiseƱo engaƱosoā de la marca azul

Según el Ejecutivo comunitario, el uso de la marca azul como supuesto sinónimo de autenticidad vulnera de lleno la DSA. Cualquiera puede obtener el estatus de cuenta verificada simplemente pagando una suscripción, sin que X lleve a cabo una verificación significativa de quién estÔ realmente detrÔs del perfil.
Esto provoca, a juicio de Bruselas, que los usuarios no puedan valorar con claridad la fiabilidad de las cuentas y de los contenidos con los que interactĆŗan. Ese desajuste entre lo que el icono sugiere y lo que en realidad hay detrĆ”s es lo que la Comisión califica como ādiseƱo engaƱosoā, una prĆ”ctica expresamente prohibida por la nueva normativa europea.
Los servicios comunitarios subrayan que la DSA no obliga a las plataformas a verificar la identidad de todos sus usuarios, pero sĆ prohĆbe que se anuncie o dĆ© a entender que esa verificación se ha hecho cuando no es cierto. En el caso de X, el pago por la marca azul se comercializa como una forma de obtener un reconocimiento especial, aunque no exista un control riguroso de autenticidad.
Para la Comisión, este modelo expone a los internautas a un mayor riesgo de estafas, fraudes de suplantación y maniobras de desinformación, al facilitar que actores maliciosos aparenten ser fuentes legĆtimas o cuentas oficiales solo con abonar una cuota mensual.
En su decisión, la UE concluye que el famoso ātickā azul no solo genera confusión, sino que tambiĆ©n āsocava la capacidad de los ciudadanos de tomar decisiones libres e informadasā en el entorno digital, uno de los ejes de la DSA.
El desglose de los 120 millones: marca azul, anuncios y datos

La sanción total de 120 millones de euros se reparte en tres bloques, todos vinculados a obligaciones centrales de la Ley de Servicios Digitales. De ellos, 45 millones corresponden directamente al uso engañoso de la marca azul de verificación.
Otros 35 millones de euros se atribuyen a la falta de transparencia en el repositorio de anuncios de la plataforma. Este registro deberĆa permitir conocer, entre otros elementos, el contenido de cada campaƱa, su temĆ”tica y la entidad que la financia, pero la Comisión sostiene que X ofrece un sistema incompleto y lleno de obstĆ”culos.
Los 40 millones restantes se vinculan a las trabas al acceso a datos pĆŗblicos por parte de investigadores independientes. Bruselas reprocha a la compaƱĆa que imponga restricciones injustificadas en sus condiciones de servicio, que incluso llegan a prohibir el scraping por parte de investigadores que cumplen los requisitos fijados por la DSA.
Fuentes comunitarias explican que el montante se ha calculado con el objetivo de ser proporcional a la gravedad de las infracciones y de enviar al mismo tiempo una señal disuasoria al conjunto del sector. La DSA permite sanciones de hasta el 6 % del volumen de negocio global, y en este caso la multa se sitúa cercana a ese umbral mÔximo.
Aunque la cifra absoluta pueda parecer moderada en comparación con otros expedientes europeos a grandes tecnológicas, en Bruselas recalcan que 120 millones ācuestan mĆ”s que cumplir la normaā y que la prioridad es forzar un cambio efectivo en la conducta de la empresa, no solo castigarla económicamente.
Opacidad en el repositorio de anuncios y riesgo para la desinformación

MÔs allÔ de la marca azul, una parte importante del expediente se centra en el repositorio de publicidad de X, una herramienta que, según la DSA, debe ser accesible y fÔcilmente consultable para usuarios, investigadores y sociedad civil.
La Comisión considera que X no cumple con los estĆ”ndares mĆnimos de transparencia. Denuncia que faltan datos clave como el contenido concreto de los anuncios, la categorĆa temĆ”tica a la que pertenecen o la identidad jurĆdica del anunciante, información bĆ”sica para rastrear posibles campaƱas de desinformación, fraudes o injerencias externas.
AdemĆ”s, el Ejecutivo comunitario apunta a que la plataforma introduce barreras tĆ©cnicas y de diseƱo que dificultan la consulta del repositorio, desde retrasos excesivos en el procesamiento de solicitudes hasta limitaciones en las bĆŗsquedas. Todo ello, a juicio de Bruselas, āsocava el propósitoā para el que estos registros fueron previstos en la DSA.
Las autoridades europeas recalcan que unos repositorios publicitarios completos y fĆ”cilmente accesibles son fundamentales para detectar campaƱas coordinadas, operaciones de influencia y anuncios falsos, especialmente en un contexto de amenazas hĆbridas y procesos electorales en marcha en distintos Estados miembros.
En este sentido, la multa a X contrasta con la situación de otras plataformas, como TikTok, que según fuentes comunitarias han evitado sanciones similares al introducir correcciones y mejoras en sus sistemas de publicidad tras las advertencias de Bruselas.
Investigadores vetados y acceso limitado a los datos pĆŗblicos
Otro de los frentes clave abiertos por la Comisión se refiere al acceso de la comunidad investigadora a los datos públicos de X. La DSA obliga a las grandes plataformas a facilitar ese trabajo, precisamente para estudiar riesgos sistémicos como la desinformación, el discurso de odio o la manipulación del debate público.
Sin embargo, el Ejecutivo comunitario concluye que X incumple estas obligaciones de forma reiterada. Entre otros aspectos, sus tĆ©rminos de servicio impiden a los investigadores āelegiblesā obtener los datos a travĆ©s de tĆ©cnicas habituales como el scraping, incluso cuando se trata de información ya visible pĆŗblicamente.
AdemĆ”s, los procedimientos internos establecidos por la compaƱĆa para solicitar acceso aƱaden trabas y demoras innecesarias, lo que en la prĆ”ctica bloquea o desincentiva proyectos de investigación independientes centrados en la realidad europea.
Para Bruselas, estas restricciones debilitan la capacidad de supervisar riesgos sistĆ©micos dentro de la UE y chocan frontalmente con el espĆritu de la DSA, que pretende abrir una ventana a cómo funcionan realmente los algoritmos y los flujos de contenidos en las grandes plataformas.
Los servicios comunitarios recuerdan que, sin datos suficientes, ni las autoridades ni los acadĆ©micos pueden evaluar con rigor el impacto de fenómenos como las campaƱas de odio coordinadas, la difusión masiva de bulos o la segmentación agresiva de anuncios polĆticos en el entorno europeo.
Contexto polĆtico y pulso entre la UE y las tecnológicas de EEUU
La decisión contra X llega en un momento de mÔxima tensión regulatoria entre Bruselas y Silicon Valley. La DSA y otras normas recientes han colocado a las grandes tecnológicas estadounidenses bajo un escrutinio mucho mÔs intenso en territorio europeo.
Desde la órbita de la Administración Trump se han sucedido ya las crĆticas, acusando a la UE de exceso de regulación y de fijarse especialmente en las compaƱĆas norteamericanas. Dirigentes estadounidenses han llegado a calificar estas sanciones como un ataque a la libertad de expresión y una forma de presionar a empresas āincómodasā para Bruselas.
En paralelo, se han escuchado advertencias sobre posibles represalias comerciales, como la revisión al alza de aranceles a productos europeos si la UE mantiene su hoja de ruta digital. Todo ello se suma a otros roces bilaterales que afectan a la industria y al comercio transatlÔntico.
En Europa, sin embargo, la lectura es distinta: la multa a X se enmarca en la voluntad de reforzar la soberanĆa tecnológica y de fijar reglas claras de juego para cualquier plataforma que opere en el mercado Ćŗnico, con independencia de su paĆs de origen o del peso de su propietario.
La vicepresidenta ejecutiva responsable de SoberanĆa Tecnológica, Seguridad y Democracia, Henna Virkkunen, ha sido contundente al afirmar que āengaƱar a los usuarios con marcas de verificación, ocultar información en los anuncios o excluir a los investigadores no tiene cabida en Internet en la UEā, subrayando que la DSA estĆ” precisamente para proteger a los ciudadanos y restaurar la confianza en el entorno digital.
Investigación de fondo, plazos y próximos pasos para X
La sanción no surge de la nada. El 18 de diciembre de 2023, la Comisión abrió un procedimiento formal contra X para analizar su comportamiento en materia de moderación de contenidos ilegales, lucha contra la manipulación informativa, transparencia publicitaria y acceso a datos.
Tras esa apertura, Bruselas fue acumulando indicios y, en julio de 2024, emitió conclusiones preliminares en las que ya apuntaba a un posible incumplimiento de la DSA en varios de los aspectos que ahora cristalizan en la multa.
La decisión actual marca la primera gran constatación oficial de incumplimiento bajo la Ley de Servicios Digitales, pero la investigación de fondo no se da por cerrada. La Comisión mantiene abiertas otras lĆneas de anĆ”lisis relacionadas con la difusión de contenidos ilegales y la eficacia real de las herramientas de X para combatir la manipulación informativa.
En cuanto a los plazos, la empresa de Elon Musk dispone de 60 dĆas hĆ”biles para comunicar quĆ© medidas piensa adoptar para poner fin al uso engaƱoso de la marca azul de verificación y ajustar su diseƱo a los requisitos de la DSA.
AdemĆ”s, cuenta con 30 dĆas hĆ”biles adicionales para detallar cómo corregirĆ” los problemas de su repositorio de anuncios y cómo garantizarĆ” el acceso adecuado a los datos pĆŗblicos para los investigadores que cumplan las condiciones establecidas por la norma europea.
Margen de maniobra, vigilancia y posibles sanciones adicionales
Una vez X remita su plan de acción, el Consejo de Servicios Digitales dispondrÔ de un mes para emitir un dictamen sobre las medidas propuestas. Este órgano, en el que participan las autoridades nacionales de los Estados miembros, jugarÔ un papel clave a la hora de valorar si las correcciones ofrecidas por la plataforma son suficientes.
Si la respuesta de la empresa se considera insuficiente o si no aplica los cambios comprometidos en los plazos fijados, la DSA habilita a la Comisión a imponer multas coercitivas periódicas para forzar el cumplimiento, ademÔs de abrir la puerta a nuevas sanciones si se detectan infracciones reiteradas.
Bruselas insiste en que, durante todo el procedimiento, ha respetado ācon gran diligenciaā los derechos de defensa de X, permitiendo el acceso a la documentación relevante y dando margen para alegaciones. El objetivo declarado no es tanto castigar a posteriori como conseguir que las grandes plataformas integren la DSA en el centro de su estrategia de producto.
En este nuevo marco, las empresas que operan como servicios esenciales para el debate público en Europa deberÔn asumir una responsabilidad adicional, que va mÔs allÔ de simplemente cumplir con la legislación de consumo o de protección de datos empleada hasta ahora.
Con esta primera gran multa bajo la Ley de Servicios Digitales, la UE deja claro que no piensa mirar hacia otro lado cuando prÔcticas de diseño, publicidad opaca o restricciones a la investigación pongan en riesgo los derechos de los usuarios europeos, al tiempo que manda un mensaje directo al resto de plataformas de muy gran tamaño que ya estÔn bajo su radar regulatorio.